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CONDONACIÓN DE RECARGOS

Año 1 , Número 124

   
   

   
   

Por decreto presidencial, se condonan los recargos causados y las multas impuestas por la presentación extemporáneo del pago provisional, correspondiente al mes de julio de 2002, que debieron enterarse a mas tardar el día lunes 19 de agosto del año en curso, por Internet o mediante ventanilla bancaria utilizando la tarjeta tributaria.

Por: Vázquez Flores y Asociados


La condonación procederá cuando el contribuyente efectúe el pago que corresponda, a más tardar el día lunes 26 de agosto de 2002.

Dicho decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de Agosto de 2002.

NOTA: En caso de tener alguna duda en particular, por favor hacerla llegar vía telefónica o por medio de correo electrónico y se responderá lo mas pronto posible. En caso de ser necesario el despacho emitirá las circulares que sean posibles, para continuar publicando el criterio tomado.

Información cortesía de VAZQUEZ FLORES Y ASOC., S.C. e-mail: vfa@prodigy.net.mx, vgasesores@hotmail.com

   
     
   
       
  

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